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IBMotronic Electromecánica y microelectrónica

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Reclamaciones

Reclamaciones y derechos del consumidor

Última actualización: octubre de 2026

1. Cómo reclamar

Escríbeme por WhatsApp al 644 61 14 03 o por correo a ibmotronic@gmail.com, describiendo qué se pidió y qué se ha hecho. Lo revisaré y te responderé en un plazo máximo de quince días, que es lo que obliga la normativa de consumo.

2. Si el trabajo no se ha hecho o no se ha hecho bien

Una reparación es una prestación de servicios, y en los servicios no hay un régimen legal de plazos de conformidad. Lo que se aplica es otra cosa: si el trabajo no se ha hecho, se ha hecho distinto de lo acordado, o se ha hecho en un plazo que no es razonable, tienes derecho a pedir una reducción del precio o a dar el trabajo por finalizado con devolución. No hace falta que sea un filtro: es un derecho tuyo y se puede pedir por escrito.

Las medidas para dejar el trabajo como estaba deben ser gratuitas, incluidos los gastos de envío, transporte, mano de obra y materiales. Si se ha cobrado por ellas, se devuelve.

Y además hay un plazo máximo legal de catorce días para devolver el importe pagado cuando procede la resolución del contrato, una vez que se le comunique la finalización.

3. Si algo se daña por el trabajo

Los servicios de reparación y mantenimiento de vehículos están expresamente incluidos en el régimen legal de responsabilidad por daños, así que si el trabajo causa un daño, hay que responder por él. Aquí la ley pone la carga de la prueba en el autónomo: me toca a mí demostrar que hice el trabajo con el cuidado que el caso exigía. Por eso el presupuesto por escrito y las copias de datos de cada módulo antes de abrirlo son la prueba que me favorece. Si el daño lo ha causado una pieza que has elegido tú, se trata por separado, con la garantía de quien te la ha vendido.

4. Recuperar el vehículo o el módulo

La acción para recuperar un vehículo o un módulo que se entregó para reparar prescribe al año desde la entrega. Pasado ese plazo no se puede reclamar la devolución del bien.

5. Plazos de conformidad de las piezas que se venden

Estos plazos son de la venta de piezas, no del trabajo de reparación. El trabajo es un servicio y no tiene estos plazos:

  • En la venta de una pieza, la responsabilidad por los defectos que existían al entregarla se mantiene tres años.
  • Hay presunción de que los defectos que aparezcan en los dos años siguientes ya existían al entregarla, salvo que sea imposible por la naturaleza del bien. En piezas de segunda mano se puede pactar menos, con un suelo de un año.
  • Durante el año posterior a la entrega se responde de los defectos que motivaron una puesta en conformidad, y se presume que es el mismo si vuelve a aparecer igual.

En piezas nuevas esos plazos son obligatorios y no se pueden acortar por contrato. Cualquier cláusula que intente reducirlos es nula, y tampoco vale como renuncia previa a los derechos del consumidor.

El autónomo ofrece además, por decisión propia, un mes de garantía sobre el módulo que interviene y sobre las piezas que repara. Ese compromiso es voluntario y adicional y no sustituye a nada de lo anterior.

6. Si el trabajo se para a mitad

Si el coste se pasa de lo previsto, el cliente decide. Y las dos opciones son legítimas:

  • Aceptar lo hecho y pagarlo: se cobra solo la mano de obra ya realizada, con su detalle. Las piezas nuevas que no se hayan usado se devuelven al cliente.
  • Dejar el trabajo sin terminar: el módulo se devuelve en el estado en que estaba cuando se interrumpió, sin coste de desmontaje ni de montaje para el cliente. Ese estado es responsabilidad del empresario, y por eso no se le puede trasladar el coste.

En cualquiera de los dos casos queda intacto el derecho del cliente a pedir la resolución del contrato o una reducción del precio, y en ese caso la devolución del importe se hace en un plazo máximo de catorce días, por el mismo medio de pago y sin cargos. Detener el trabajo por cuenta propia no puede servir para dejar de devolver el dinero.

7. Organismos de defensa del consumidor

Si no quedas satisfecho, puedes acudir a la Junta Arbitral de Consumo de tu comunidad autónoma, a las oficinas municipal de atención al consumidor, o a la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) si el problema es de datos.

Las juntas arbitrales son gratuitas y el acuerdo que en ellas se tome vincula a las dos partes, salvo que la persona consumidora opte expresamente por no acudir. No son aplicables cuando la reclamación versa sobre la garantía legal de un bien, ni sobre las vives del propio documento de garantía comercial.

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